En cumplimiento del mandato del Gobierno para fijar anualmente el salario mínimo interprofesional (SMI), contenido en el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores, se ha aprobado el Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional con efectos de este mes de septiembre de 2021, tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporales, así como para los trabajadores del hogar.
La subida, con carácter retroactivo el 1 de septiembre, supone un incremento del 1,579% más que en 2020. Las nuevas cuantías del SMI serán de 32,17 euros al día o 965 euros al mes, según el salario queda fijado por días o meses. Esto significa que el cómputo anual del SMI no podrá ser inferior a 13.510 euros.
Hablamos de 965 euros mensuales en caso de que el salario se abone en 14 pagas, y de 1.125,83 euros al mes si el pago del salario fuese en 12 pagas.
