El acoso laboral y sexual en el ámbito de la empresa puede comportar graves consecuencias tanto por la empresa como por la persona afectada, por tanto, no se puede adoptar una actitud pasiva ante estas situaciones. Es muy importante que todas las empresas y trabajadores sepan detectarlas y saber cómo actuar frente a éstas, de ahí nace la obligatoriedad de las empresas de tener un protocolo de acoso laboral y sexual.

Es obligatorio para todas las empresas independientemente de su plantilla, tener un protocolo de acoso laboral, es decir, toda empresa con trabajadores está obligada a tener un protocolo contra el acoso laboral que articule medidas para prevenirlo y también un plan de actuación a seguir por los trabajadores y la empresa en caso de que se produzca una situación de acoso laboral.

Actualmente, el acoso laboral en algunos casos puede considerarse un delito perseguido por la justicia que puede acarrear penas de prisión, y, por eso, que todas las empresas que no cumplan con la obligación de tener un protocolo de acoso laboral podrán ser sancionadas por la Autoridad Laboral.

Estas sanciones pueden variar dependiendo de la gravedad de la infracción y son las siguientes:

  • Multas de 7.501 a 30.000 euros por infracciones leves.
  • Multas de 30.001 a 120.005 euros por infracciones graves.
  • Multas de 120.006 a 225.018 euros por infracciones muy graves.
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